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viernes, 18 de abril de 2008

El Concello de Boiro rechaza que se haga un parque eólico en Chans do Barbanza

Remitió a la Consellería de Industria un informe contrario a la instalación de 40 aerogeneradores en el monteEl Concello de Boiro remitió a la Consellería de Industria un informe contrario a la construcción de un parque eólico, formado por 40 aerogeneradores, en montes pertenecientes a este municipio y el de Porto do Son. El ejecutivo alega que la instalación ocupa la zona del parque arqueológico de Chans do Barbanza, declarado como rústico de protección en el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) que está en trámite, a la vez que recuerda la existencia de mámoas, túmulos, petroglifos y otros restos

ANA FERNÁNDEZ
Localidad:
RIBEIRA

Las alegaciones presentadas por el Concello boirense responden al acuerdo de la Consellería de Industria del 8 de junio por el que somete a exposición pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de impacto ambiental del parque eólico denominado Montes na Serra do Barbanza. Promovido por la compañía Russula Sociedad Anónima, el proyecto presentado prevé la colocación de 40 aerogeneradores de 750 kilovatios de potencia nominal unitaria, siendo la total instalada de 30 megavatios.
El informe del arquitecto municipal, Roberto Chao, recoge que, tanto si se rige por el planeamiento en vigor como por el que está en trámite, el proyecto no obtendría la licencia del Concello. El plan urbanístico actual califica la zona, el parque arqueológico de Chans de Barbanza, como no urbanizable de protección paisajística, mientras que para el nuevo se trata de suelo rústico de protección de patrimonio.
El informe dice que «a zona por donde discurre é un importante recinto arqueolóxico cunhas maiores densidades de mámoas, túmulos e petroglifos de Galicia, o que fan que esté protexido por Patrimonio, non podendo facer construccións, tendidos e instalacións aéreas e subterráneas. Só se permitirán obras que sexan compatibles ou ben coa súa posta en valor, sempre baixo a supervisión do servicio de arqueoloxía da Consellería de Cultura».
En el caso de las zonas de especial protección, se precisa incluso el visto bueno de la Dirección Xeral de Patrimonio.
También se hace referencia a la Lei 1/97 do Solo de Galicia, que indica que en las áreas de especial protección está prohibido cualquier uso que implique la transformación de su destino o naturaleza o lesione el valor específico que se quiera proteger, en este caso, los restos arqueológicos.
Tomado de: http://www.lavozdegalicia.es/hemeroteca/2001/08/11/696102.shtml

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